NuevoDerecho Civil Vasco: Ley 5/2015, de 25 de junio. La Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, la cual entró en vigor el 3 de octubre de 2015, es una normativa autonómica que fija un marco jurídico específico con el fin de regular las relaciones privadas en el ámbito del derecho civil en el País Vasco. Hablamos de una
HoyGabriela Frías analizará la defensa del presidente de Ecuador Rafael Correa a sus proyectos de ley sobre el impuesto a las herencias y la plusvalía afectan a la clase media. | CNN
3466resultados para jurisprudencia sucesiones. Decisión Nº AP71-R-2017-000603 de Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito (Caracas), 08-12-2017. DISPOSITIVA Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área
hereditario obliga a restituir tanto el bien como sus frutos naturales, civiles y/o industriales; además, proscribe el uso y disfrute de los. bienes heredados por los hijos del separado de la herencia por. indignidad o desheredación, a fin de evitar que la sanción quede. inejecutable en los hechos.
DONACIONESY DEMAS RAMOS CONEXOS. TITULO I. DISPOSICIÓN PRELIMINAR. Artículo 1°: Las transmisiones gratuitas de derechos por causa de muerte o por actos entre vivos serán gravadas con el impuesto a que se refiere la presente Ley en los términos y condiciones que en ella se establecen. TITULO II.
EnVenezuela, la distribución de una herencia que incluye tanto bienes inmuebles como dinero puede ser un proceso complejo. Es importante conocer las leyes y procedimientos legales vigentes para asegurar una repartición justa y equitativa. En este artículo, analizaremos los pasos a seguir y las consideraciones legales que se deben tener en
Laley vigente en materia sucesoral, en especial para efectos de impuesto es la Ley de Impuestos sobre Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos, publicada como Decreto Ley (con una reforma de la Presidencia de la República de Venezuela número 360, de fecha 5 de octubre de 1999, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.391,
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